domingo, 27 de junio de 2010

PRESENTACIÓN

República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez”
Cátedra: Introducción al Servicio Comunitario
Facilitadora: Pedro Montoya.
Sección: E











INTRODUCCIÓN AL SERVICIO COMUNITARIO












PARTICIPANTE:
Daili Díaz c.i 17.423.014.





Caracas, 26 de Junio de 2010.

1.- ¿Que estudió usted en la materia de Introducción al Servicio Comunitario?

La asignatura se baso en analizar y debatir las principales leyes que establecen el convivir comunitario, como lo son la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Ley Orgánica del Poder Municipal, Ley de la educación, Ley del Servicio Comunitario para el Estudiante de Educación Superior, allí logramos conocer como ciudadanos tenemos derechos pero, también, deberes que podemos ejercer para mejorar el país y proponer soluciones utilizando las herramientas que nos proporciona la ley. Definir cada uno de los conceptos que nos ayudarían a entender la esencia del Servicio Comunitario, como lo son la Comunidad, Servicio Social, principios y valores del Convivir Comunitario: solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, respeto mutuo, participación ciudadana y corresponsabilidad.
La importancia de la Contraloría Social como proceso de participación de los ciudadanos y ciudadanos en las actividades de seguimiento y supervisión de los proyectos y obras que el gobierno o los diferentes actores sociales establecidos por la ley, realicen en la comunidad.
También, pudimos conocer como la comunidad organizada puede ser un organismo de control, de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados.
Además, de conocer cuáles son las funciones de los municipios sus delimitaciones y de las personas que ejercen el poder en esta unidad política, lo cual le permite ejercer sus competencia con autonomía. Y la ciudadanía es la encargada junto con los organismos competentes en el control y evaluación de los resultados.

2.- Cite 5 aspectos fundamentales de las características de la Constitución Bolivariana de Venezuela.

La constitución de la República Bolivariana de Venezuela es la carta magna, la cual regula, legisla, controla y establece las sanciones que se deban cumplir según sea el caso.
Como principales características, puedo establecer las siguientes:
1. Artículo 1: “Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional”
La constitución establece que la República Bolivariana de Venezuela es una nación independiente, lo que quiere decir, que es autónoma en sus decisiones y no depende de ninguna potencia extranjera para determinar cualquier providencia, basándose en lo establecido en la ley
2. Artículo 3.- “El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.”
El estado debe garantizar a los ciudadanos y ciudadanas que habiten en la República Bolivariana de Venezuela, el resguardo y el progreso de la persona, su integridad y le confiere el derecho de ejercer el sufragio, promoviendo la prosperidad, el bienestar según lo dispuesto en la constitución, basándose en el trabajo y la educación para lograr tales objetivos.
3. Artículo 19. “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”.
El estado Venezolano debe garantizar a todos los ciudadanos de esta república los derechos humanos suscritos en los tratados y las leyes que desarrollen este tema y debe velar porque no halla discriminación de ningún tipo (raza, credo, preferencia política).
4. Artículo 43. “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma”
En la república de Venezuela a diferencia de otros países del mundo la pena de muerta esta estrictamente prohibida, ya que el derecho a la vida debe ser salvaguardado por el estado, independientemente de si se encuentra privado de su libertad por haber cometido un delito estipulado en esta constitución.

5. Artículo 62. “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.
La participación ciudadana es protagonista en esta constitución ya que el pueblo tiene derecho de participar libremente en los asuntos públicos directa o indirectamente por medio de representantes elegidos por medio del sufragio, para que la ciudadanía pueda velar por la formación, ejecución y control de la gestión pública

3.- ¿Qué experiencia le dejo el conocer lo que es un Consejo Comunal?

Antes de cursar esta asignatura, tenía conocimientos muy escasos de los que era un Concejo Comunal, solía confundirlo con las cooperativas. Luego de leer la ley orgánica que regula la constitución, conformación, organización y funcionamiento de estas instancias de participación, que le permiten a los ciudadanos ejercer una participación protagónica y el ejercicio de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del poder público, ejerciendo el control, la evaluación y la ejecución de planes y proyectos relacionados con el desarrollo de la comunidad.
El ciudadano tiene la oportunidad y el deber de ejercer la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social. Lo cual, nos permite trazar el futuro de nuestra comunidad y brindarle el bienestar que necesitan para mejorar su calidad de vida.